Más del 70% de los recursos del Fondo Minero se utilizaron en pavimentación, mantenimiento de calles y alumbrado público de los municipios en 2018, según datos proporcionados por la Secretaría de Desarrollo Urbano, Territorial y Agrario (SEDATU). Para la construcción y remodelación de centros escolares y espacios públicos apenas el 11%.

Movimiento Ciudadano (MC), a través de María Dolores de Río Sánchez presentó en el Congreso del Estado de Sonora una iniciativa que será enviada al Congreso de la Unión con la intención de reformar el Artículo 271 de la Ley Federal de Derechos. El objetivo es adicionar a los posibles rubros destino del “Fondo Minero” los centros de salud y el resarcimiento de los daños al medio ambiente provocados por la minería.

Actualmente, los posibles nichos de inversión según la ley son los centros escolares, espacios públicos urbanos, obras de pavimentación y mantenimiento de calles, alumbrado público, servicios públicos basados en energías renovables, rellenos sanitarios, plantas de tratamiento de aguas, drenaje público, manejo de residuos sólidos, monitores de calidad de aire y agua, obras que preservan áreas naturales, y sistemas de movilidad humana que tenga bajas emisiones de carbono.

Sin embargo, más del 70% de los recursos se han ido en pavimentación y mantenimiento de calles, un 11% en la remodelación y construcción de centros escolares, 10% en rellenos sanitarios y el resto en obras variadas. La propuesta es que se modifique la ley para hacer explícito que también se pueda invertir en “la construcción, remodelación y equipamiento de centros de salud”, además de “el resarcimiento de cualquier daño ocasionado al medio ambiente derivado de la extracción de minerales.”

Según información de la SEDATU recogida por la propuesta, Sonora es el Estado más beneficiado con recursos del Fondo Minero, con más de 2500 mdp en 2018. De ahí, Cananea es el municipio que ha recibido un monto mayor (660 mdp), seguido de Nacozari de García (295 mdp), Hermosillo (268 mdp) y Caborca, (220 mdp).

El  Fondo Para el Desarrollo Regional Sustentable, “Fondo Minero”, se aprobó en el Presupuesto de Egresos en el 2014, donde establece un pago de derechos extraordinario a las empresas mineras, adicional al ISR, con el fin  último de elevar la calidad de vida de los habitantes de las zonas de extracción minera, mediante la inversión física. Sin embargo, la falta de reglas claras  y la discrecionalidad en la inversión ha traído unos resultados dispares.

El Fondo Minero se integra por la recaudación de los siguientes derechos federales: a) Derecho aplicable a la Utilidad neta del 7.5%; b) derecho del 0.5% a la actividad extractiva sobre ingresos por enajenación de oro, plata y platino y c) cuotas por lotes ociosos. La distribución del fondo minero es como sigue: 20 % SEDATU; 2.5% para gastos de funcionamiento y 77.5% para Municipios y Estados mineros (62.5% Municipios y 37.5% Estados).

En el documento de exposición de motivos, MC presenta como antecedente el derrame de 40 mil litros de contaminantes en los ríos Bacanuchi y Sonora en 2014 por parte de Grupo México, mismo que generó un desastre económico y de salud pública en 7 municipios de la entidad. Hasta el momento no se ha concretado la construcción de un hospital especial (UVEAS) para atender a los habitantes dañados en su salud, aunque éste venía contemplado en el Fideicomiso Río Sonora. La remediación de los cauces hecha por las autoridades dejó mucho que desear y algunos poblados todavía no cuentan con agua potable segura extraída de los pozos. No se conoce la cantidad de enfermos a causa del derrame, aunque personas con afectación visibles en la piel se cuentan por cientos. Los incidencia de cáncer en los pueblos cercanos al Río ha crecido claramente en los últimos años.

La iniciativa contempla además que se garantice una mejor distribución de los recursos en los distintos campos, al asignarle el 15% del total a cada uno de los numerales. En general, la redacción quedaría de la siguiente manera:

“Artículo 271. El Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros se integrará con los recursos por derechos sobre minería a que se refieren los artículos 268, 269 y 270 de esta Ley y deberán ser empleados en inversión física con un impacto social, ambiental y de desarrollo urbano positivo, incluyendo:

I. La construcción, remodelación y equipamiento de centros de salud y escolares, así como de espacios públicos urbanos;

II. Obras de pavimentación y mantenimiento de calles y caminos locales, de instalación y mantenimiento de alumbrado público, respetuosas con el ambiente, así como de servicios públicos basados en la eficiencia energética y las energías renovables;

III. Obras de infraestructura para la protección ambiental, como rellenos sanitarios, plantas de tratamiento de agua, instalación y mantenimiento de obras de drenaje público, manejo integral de residuos sólidos urbanos, mejora y monitoreo de calidad del aire, agua y suelo, así como para el suministro de agua potable;

IV. El resarcimiento de cualquier daño ocasionado al medio ambiente derivado de la extracción de minerales. Obras que preserven áreas naturales, como por ejemplo protección, restauración, rescate o rehabilitación de ecosistemas acuáticos y terrestres, y para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, y

V. Obras que afecten de manera positiva la movilidad urbana, incluyendo sistemas de trenes suburbanos, metrocable de transporte o equivalentes, o cualquier otro sistema de transporte público respetuoso con el ambiente y de bajas emisiones de carbono.

La distribución de los recursos que deberán ser destinados a los rubros y objetivos precisados anteriormente, su aplicación y distribución no deberá de ser menor del 15% por cada uno de los objetivos descritos en las fracciones enumeradas de la I a la V del presente artículo, con la salvedad de atender y asignar los recursos de forma prioritaria y urgente, cuando por lo menos se presuma estar en presencia de una contingencia ambiental que pueda poner en riesgo y peligro la integridad de vidas humanas, animales y uno o varios ecosistemas. “

El documento enuncia explícitamente no ignorar una posible modificación en las reglas que vayan en el sentido de la centralización, un escenario donde sea la Secretaría de Economía la que disponga en su totalidad de la administración del Fondo. La propuesta fue aprobada por mayoría y enviada primeramente a la Comisión de Minería para su análisis y dictamen.

Redacción: Libera Radio, con información del cogresoson.gob.mx

Foto principal: manufactura.mx