• “Si bien habrá que esperar a que se publique la sentencia de la Segunda Sala de la Corte, a interpretación nuestra, con este fallo la Corte instruiría que el Fideicomiso sea reabierto o definiría nuevos mecanismos para que se realice la remediación y la reparación de los daños causados por el derrame tóxico de Grupo México”: Organización Poder.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió este miércoles 15 de enero uno de los tres amparos interpuestos por los Comités de Cuenta del Río Sonora, en contra de la extinción del Fideicomiso del Río Sonora y la conclusión del programa de remediación ambiental (amparo 640/2019). La Segunda Sala resolvió por unanimidad a favor de las comunidades del río organizadas en los Comités y que desde hace 5 años buscan una verdadera remediación y atención a sus problemas de salud. En su sentencia, la SCJN reconoció que la reparación del daño “no fue la adecuada”.

“Si bien habrá que esperar a que se publique la sentencia de la Segunda Sala de la Corte, a interpretación nuestra, con este fallo la Corte instruiría que el Fideicomiso sea reabierto o definiría nuevos mecanismos para que se realice la remediación y la reparación de los daños causados por el derrame tóxico de Grupo México”, dice en comunicado la Organización Poder.

Después del derrame de 40, 000 litros de sulfuros de cobre de la mina Buenavista del Cobre, en Cananea, sobre el Río Bacanuchi y después en el Río Sonora el 06 de agosto de 2014, lo que ha sido considerado como el mayor desastre ecológico en la historia de México, el gobierno de Enrique Peña Nieto y Grupo México acordaron la creación de un fideicomiso, el Fideicomiso Río Sonora, para que la empresa resarciera a través de este los daños al medio ambiente y las posibles afectaciones a la salud humana consecuentes al derrame.

El Fideicomiso tuvo originalmente un fondo de 2 mil millones de pesos, pero los pobladores han expresado en reiteradas ocasiones que lo invertido en sus comunidades dista mucho de ser suficiente para paliar las grandes dificultades que la contaminación dejó en sus territorios. De los 2 mil millones, sólo se ejercieron el 61% antes de que la empresa cerrara el fideicomiso unilateralmente y sin avisar a los afectados en agosto del 2017.

De este porcentaje, se destinaron casi 79 millones de pesos en el rubro de “salud”, pero solo el 10% de esa cantidad, poco más de 7 millones, se utilizó directamente para atender la salud de las personas. El resto, más de 71 millones se gastó en “acciones de atención y seguimiento médico en la Unidad de Vigilancia Epidemiológica y Ambienta de Sonora“, la tristemente célebre UVEAS. Pero la atención y el servicio de esta unidad médica ha tenido la constante de ser insuficiente, cuando no totalmente inútil. El edificio que la albergaría, por si fuera poco, se quedó en obra negra hasta que fue dado en comodato a la Guardia Nacional.

Por otro lado, Grupo México utilizó 32 millones de pesos en publicidad favorable, pero se lo sacó de un bolsillo para metérselos en la otra, pues la publicidad fue contratada sobre todo en spots proyectados en Cinemex, propiedad también de Germán Larrea Mota Velasco. Otro destino de los recursos del fideicomiso fueron los 10 mil tinacos que se compraron y repartieron entre los pobladores, esos mismo que muchos no utilizan porque los pobladores tienen la confianza de que el agua entubada esté libre de metales pesados. De las otros compromisos ligados están las 36 potabilizadoras que se prometieron, de las cuales hasta ahora sólo hay una en funciones.

Ahora Grupo México tendrá que acatar la resolución y reabrir el fideicomiso, pues en palabras de la organización Proyecto Poder, que asesora a los Comités de Cuenca: “Ganamos por unanimidad el caso que cuestiona la reapertura del Fideicomiso Río Sonora. Es decir, la SCJN decidió que se reabra el Fideicomiso. Decidieron amparar a las comunidades y reconocer que la reparación no fue adecuada”, informó la organización.

“Los otros dos casos de los Comités con relación al Fideicomiso fueron sobreseídos por la Corte: el que cuestiona la forma en cómo operó este mecanismo (amparo en revisión 384/2018) y el de la falta de apoyo al Proyecto de Reactivación Agropecuaria para la región (amparo en revisión 927/2018). Sin embargo, pensamos que con el fallo favorable del caso de la extición del Fideicomiso, algunos temas contenidos en estos dos amparos podrían también se abordados, por ejemplo, el de la definición de los mecanismos para que se realice la remediación agropecuaria”, sentencia Poder en su comunicado.

Redacción: Libera Radio, con información de Proyecto Poder y SinEmbargo.mx